Curso de Formación General

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viernes, 14 de mayo de 2010

Origen


El tema de los conflictos de derecho ha merecido desde hace algunos años una atención especial de la doctrina Iusfilosófica. Desgraciadamente, tan intenso debate no ha recibido la consideración que merece de parte de los constitucionalistas, que continúan haciendo afirmaciones sobre el tema desconociendo siquiera la existencia de las discrepancias.
Creemos encontrar cierta afinidad entre los planteos del conflicto de derechos y los postulados de la teoría moral utilitarista.
En el utilitarismo, no hay conductas buenas o malas por sí mismas, sino que su valor moraldependerá del cálculo o ponderación de los beneficios o perjuicios que las acompañan en cada caso.
De la misma manera, se enseña que ante los inevitables conflictos es necesario dar una solución haciendo una ponderación de los derechos en juego, y hacer valer así los que deben prevalecer sacrificando, total o parcialmente, los otros.

4 comentarios:

  1. en primer lugar, es cierto que su tema de debate es mas bien reciente, de hecho podemos hablar de DD.HH propiamente tal, desde el catalogo de derechos humanos del año 1948, es decir, despues del tema de Alemania. Pero no es menos cierto que hayan debates entre los constitucionalista de hecho ha habido muchos con respecto al tema del Derecho a la Vida y sobre el aborto y el derecho de opcion de la mujer, de la integridad de ella en especial en nuestra Carta Fundamental.
    En fin, con el tema de los conflicto de derechos es un tema bastante debatido por ejemplo el tema antes planteado sobre el derecho a la vida y el derecho a la integridad fisica y siquica de la mujer en caso de tener un embarazo no deseado y por ley ella obligatoriamente debe tenerlo porque para la Carta fundamental y las leyes consideran que el feto o el embrion o cigoto ya es un ser humano que tiene vida y que merece protección. Para mi es un tema de ponderacion para la solución al tema de los conflictos de derechos, es cierto que no debe haber un derecho mas importante con otro, pero si creo que siempre hay un derecho que se encuentra mas vulnerado que otro en el tema; es por eso que se debe proteger en este caso el derecho mas vulnerado.

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  2. comparto que el tema de los derechos humanos es muy amplio y debatido, lo que acontece a los conflictos se deben plantear con libertad de expresion y criticas constructivas. para mi las manos sosteniendo el planeta es reflejo de union en el mundo entero, sean de diferentes estratos sociales o distintas culturas, negros, blancos, niños ancianos, se demuestra que somos todos seres humanos con los mismos derechos y tenemos todos una responsabilidad como persona para mantener en constante armonia nuestro planeta en su ambiente social.

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  3. este tema de los conflictos que se plantean a partir de los derechos humanos, contempla diferentes visiones como puede ser la jerarquizacion, ponderación o la opimizacion de estos.
    en mi caso puntual creo que la mejor forma de contemplar estos conflictos debe ser a traves de la ponderacion, debido a que asi esto se revisaran en el caso concreto y se verá el derecho que se encuentre más vulnerado y asi poder atribuirle una protección más adecuada y este no se vea desbeneficiado, porque en el caso que planteaban más arriba sobre el aborto, se debería advertir el mayor cuidado con el derecho a la vida, pero tambien hay que ponerse en el caso de que la madre puede estar en peligro de muerte, su derecho tambien podría estar afectado, si nos ponemos en el caso de no al aborto, por tanto este es un tema casuista en mi consideración.

    y sobre la imagen del mundo acogido con las manos de todos nosotros, es que estamos todos juntos y podemos optar por la misma cantidad de derechos y estos no pueden ser vulnerados y para eso nos tenemos unos a otros, dentro de los mismos países e incluso internacionalmente.

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  4. el tema de conflictos de derechos se puede solucionar al aplicar la jerarquización de los derechos establecidos en el artículo 19 de nuestra constitución.

    es así como podemos señalar que el principal derecho que consagra nuestra constitución es el derecho a la vida, por ello que se privilegia la vida del que está por nacer en el caso de la no distribución de la píldora del día después

    ante la interrogante de si la vida que debe privar en casos de complicaciones en un embarazo, es la vida de la madre o del feto, debemos tener en cuenta que debe ser una desición familiar o de la misma madre, pero siempre se debe optar "eticamente" por la vida del ser que está por nacer, porque resultaría ilógico privarlo de la vida si él no se puede defender

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